Cómo vender lámparas incandescentes prohibidas en la Unión Europea

Cómo vender lámparas incandescentes prohibidas en la Unión Europea

Hecha la ley, hecha la trampa. La Unión Europea prohibió en septiembre de 2009 la fabricación y comercialización de lámparas incandescentes de 100W. A partir de ese momento, según un estricto cronograma, se van eliminando las de potencias inferiores hasta llegar a la meta de retirarlas todas del mercado en el año 2012.

Este hecho provocó que en los comercios europeos se hayan agotado rápidamente las antiguas lamparitas de más de 60W por venderse en grandes cantidades mucho antes de la fecha límite; en parte por el ímpetu de la gente en acumularlas (personas que tienen serias dudas sobre los beneficios ambientales de las sustitutas) y, también, porque muchos entienden esta medida como un recorte a su libertad de elección.

La lámpara incandescente (ampolleta, foco, bombillo, lamparita o bujía) es la de más bajo rendimiento luminoso de las lámparas utilizadas.

La lámpara incandescente (ampolleta, foco, bombillo, lamparita o bujía) es la de más bajo rendimiento luminoso de las lámparas utilizadas: de 12 a 18 lm/W (lúmenes por watt de potencia) y la que menor vida útil o durabilidad tiene: unas 1000 horas, pero es la más difundida, por su bajo precio y el color cálido de su luz. No ofrece muy buena reproducción de los colores, ya que no emite en la zona del espectro de colores fríos, pero tener un espectro de emisiones continuo logra contener todas las longitudes de onda en la parte que emite del espectro. Su eficiencia es muy baja, ya que solo convierte en trabajo (luz visible) alrededor del 15% de la energía consumida. Otro 25% se transforma en energía calorífica y el 60% restante en radiación no perceptible, luz ultravioleta y luz infrarroja, que acaban convirtiéndose en calor.

En vista de la creciente demanda de estas lámparas a partir de su prohibición (en Alemania las ventas de incandescentes de 100 W subieron hasta un 600% en las semanas anteriores a su retiro del mercado) un ingeniero mecánico alemán ha conseguido evadir la prohibición de la Unión Europea comercializado su propia marca de lámparas incandescentes como si fueran mini-radiadores o calefactores.

Un ingeniero mecánico alemán ha conseguido evadir la prohibición de la Unión Europea comercializado su propia marca de lámparas incandescentes como si fueran mini-radiadores o calefactores.

Siegfried Rotthaeuser y su cuñado han encontrado una manera legal de importar y distribuir lámparas incandescentes de 75 a 100 W  fabricadas en China, para introducirlas en el mercado europeo como “pequeños aparatos de calefacción”.

La marca elegida para esta maniobra es “Heatballs” (Bolas de calor), y proviene precisamente del vacío legal encontrado, ya que las viejas lámparas producen cerca de un 95% de calor frente a solo un 5% de luz. Por esta razón es que las Heatballs, además, son calefactores categoría A.

En su sitio web explican que “una Heatball es una resistencia para calentar las cosas; es arte de protesta; es resistir las regulaciones que se realizan fuera del ámbito democrático y parlamentario, que nos reducen a simples pupilos del Estado”.

Cada Heatball se vende a un precio de 1.69 € y el primer lote de 4000 unidades puesto en venta se agotó en tres días.

En su sitio web explican que “una Heatball es una resistencia para calentar las cosas; es arte de protesta; es resistir las regulaciones que se realizan fuera del ámbito democrático y parlamentario, que nos reducen a simples pupilos del Estado”.

 

Los cuñados Rotthaeuser se han comprometido a donar 30 céntimos de cada HeatBall vendida para salvar la selva tropical, en un acto que ven mucho más efectivo a la hora de proteger el medio ambiente que la inversión en lámparas de ahorro de energía, mucho más caras y que pueden “contienen mercurio tóxico” peligroso para la salud.

 

¿Por qué es necesaria la retirada de las lámparas incandescentes?

La Unión Europea mantiene su compromiso de lograr sus objetivos en la lucha contra el cambio climático, entre ellos la reducción de energía primaria en un 20 % respecto a la situación actual en 2020. Los requisitos de eficiencia energética de los productos constituyen un elemento clave de la política comunitaria con la que se espera alcanzar este objetivo.

La iluminación puede representar hasta una quinta parte del consumo eléctrico residencial. El consumo energético de las tecnologías de iluminación menos eficientes del mercado puede multiplicar por cuatro o por cinco el de las más eficientes. Esto significa que si se modernizaran las lámparas podría reducirse el consumo energético residencial total en un 10 % o un 15 % y se conseguiría fácilmente un ahorro de 50 euros al año (teniendo en cuenta el coste de adquirir las lámparas).

La iluminación puede representar hasta una quinta parte del consumo eléctrico residencial.

Gracias a este reglamento, se calcula que los ciudadanos de la Unión Europea obtendrán un ahorro de cerca de 40 TWh (aproximadamente el consumo eléctrico de Rumanía o de 11 millones de hogares europeos, o el equivalente a la producción anual de diez centrales eléctricas de 500 megavatios) y que se reducirá la emisión de CO2 en unos 15 millones de toneladas al año. De esta forma, se espera que el Reglamento reinyecte entre 5000 y 10000 millones de euros en la economía de la Unión Europea.

¿Se pueden seguir comprando lámparas reforzadas y otras lámparas para usos especiales que son en realidad bombillas incandescentes?

Sí que existe una excepción para ciertas lámparas para usos especiales que en el futuro podrán seguir siendo bombillas incandescentes independientemente de su potencia. Sin embargo, esto no se puede considerar una laguna involuntaria debida a una mala elaboración del Reglamento.

Sí que existe una excepción para ciertas lámparas para usos especiales que en el futuro podrán seguir siendo bombillas incandescentes independientemente de su potencia.

El Reglamento (CE) nº 244/2009 se centra en las tecnologías de lámparas que se utilizan normalmente en los hogares, como son las bombillas incandescentes. En realidad contempla estas tecnologías aun cuando se venden para otros fines. No obstante, para algunas aplicaciones no domésticas no existen alternativas a las bombillas incandescentes (por ejemplo, casos en que se pueden producir fuertes vibraciones, como en minas, atmósferas deflagrantes, etc.). La retirada de todas las bombillas incandescentes dejaría al mercado sin ninguna alternativa para esas aplicaciones, lo que provocaría grandes dificultades a sectores concretos de la economía. Por consiguiente, era inevitable excluir del ámbito de aplicación del Reglamento algunas bombillas para usos especiales.

Sin embargo, esta excepción no hará que las bombillas incandescentes regresen a la iluminación doméstica por la puerta de atrás, por los dos motivos que se exponen a continuación.

Sin embargo, esta excepción no hará que las bombillas incandescentes regresen a la iluminación doméstica por la puerta de atrás, por los dos motivos que se exponen a continuación.

Por un lado, las bombillas especiales son, por lo general, más caras que las normales y se comercializan mediante diferentes canales de venta minorista. Además, los fabricantes deben especificar en el embalaje la finalidad de las bombillas e indicar que no son aptas para la iluminación doméstica.

Por otro lado, incluso los consumidores que actualmente se muestran poco dispuestos al cambio comprenderán que las tecnologías alternativas son absolutamente adecuadas para iluminar sus hogares. No tendrán motivo alguno para buscar bombillas incandescentes especiales en cuyo embalaje se indica que están contraindicadas para la iluminación doméstica y que sólo pueden adquirir mediante canales de venta inusuales y a un alto precio.

Verán que las alternativas que vende la tienda de la esquina son sustitutos de calidad que además permiten ahorrar dinero.

 

 

No tendrán motivo alguno para buscar bombillas incandescentes especiales en cuyo embalaje se indica que están contraindicadas para la iluminación doméstica y que sólo pueden adquirir mediante canales de venta inusuales y a un alto precio.

 

Fuentes: Comisión Europea –  lainformación.com

 

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